Tras la ley 11/2023 es posible firmar determinados documentos públicos de forma telemática.
En la actualidad se restringe a determinados actos y negocios jurídicos, como poderes (no generales o preventivos), actas de referencia , cancelaciones de garantía y pólizas.
Para hacer uso de este servicio deberá registrarse en el portal notarial del ciudadano.